El
Ministerio del Trabajo publicó el borrador, para que las personas hagan
comentarios, porque los topes pasarían de 25 a 45 SMMLV desde el próximo mes.
En
la actualidad, el tope o monto máximo de la base de aportes a la seguridad
social corresponde a los 25 salarios mínimos mensuales, así fue
sancionado el artículo 18 de la ley 100 de 1993, modificado por la ley 797 del
2003.
Sin embargo, el Ministerio del trabajo liderado por Ángel Custodio Cabrera cumplió
la orden que el Consejo de Estado le dio al Gobierno Nacional y ya preparó la
modificación para que este tope máximo aumente hasta los 45 salarios mínimos
legales mensuales vigentes.
Hasta ahora se conoció el borrador de esta modificación
para los comentarios, pues el decreto empezaría a funcionar desde abril 2022, cambiando así este monto.
Aportes
a salud y pensión cambiarían desde abril
La base para aportar a salud y pensión es la misma y no puede exceder los 25 salarios mínimos mensuales legales vigentes, pero ahora pasará a los 45 SMMLV desde abril de este año, a falta de sanción presidencial.
La base de cotización desde abril, a ser pagada desde
mayo, será de máximo 45
salarios mínimos para las personas que reciban ingresos superiores a 25 millones de pesos,
en este 2022.
Según el decreto del Ministerio del trabajo, esto será para “garantizar en
este último sistema, pensiones hasta de 25 salarios mínimos legales mensuales
vigentes”.
Le ponen freno a Colpensiones: tendrá que hacer estos cambios con pensionados y
afiliados
Cambio en aportes y riesgo a Colpensiones
Añade el portal Asuntos Legales que “quienes actualmente aportan sobre 25 salarios mínimos no reciben una mesada pensional por ese monto”. Allí Irene Duarte, asociada de Godoy Córdoba, dijo que esta modificación abrupta “puede generar graves afectaciones al déficit financiero del Estado y a la sostenibilidad del sistema de pensiones, particularmente para la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones)“.
Lo
que ella propone es que para cumplir la orden del Consejo de Estado se haga un
cambio gradual, en lugar de hacer obligatorio el tope de 45 salarios mínimos.
La base para aportar a salud y pensión es la misma y no puede exceder los 25 salarios mínimos mensuales legales vigentes, pero ahora pasará a los 45 SMMLV desde abril de este año, a falta de sanción presidencial.
Añade el portal Asuntos Legales que “quienes actualmente aportan sobre 25 salarios mínimos no reciben una mesada pensional por ese monto”. Allí Irene Duarte, asociada de Godoy Córdoba, dijo que esta modificación abrupta “puede generar graves afectaciones al déficit financiero del Estado y a la sostenibilidad del sistema de pensiones, particularmente para la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones)“.
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