FONDOS DE CESANTÍAS: Entidad que administra
la cesantía de cada trabajador.
FONDOS DE DEUDA SOBERANA.: Especializado en
papeles emitidos por cualquier gobierno.
FONDO DE GARANTÍAS DE
INSTITUCIONES FINANCIERAS DE COLOMBIA FOGAFIN: Fondo encargado de la protección de la confianza de los
depositantes y acreedores en las instituciones financieras inscritas,
preservando el equilibrio y la equidad económica e impidiendo injustificados beneficios
económicos o de cualquier otra naturaleza de los accionistas y administradores
causantes de perjuicios a las instituciones financieras. Dentro de este
objeto general, el Fondo tiene las siguientes funciones: servir de instrumento
para fortalecimiento patrimonial de las instituciones inscritas; participar
transitoriamente en el capital de las instituciones inscritas; procurar que las
instituciones inscritas tengan medios para otorgar liquidez a los activos
financieros y a los bienes recibidos en pago; organizar y desarrollar el
sistema de seguro de depósito y, como complemento de aquél, el de compra de
obligaciones a cargo de las instituciones inscritas en liquidación o el de
financiamiento a los ahorradores de las mismas; adelantar los procesos liquidatorios
originados en medidas administrativas de liquidación adoptadas por la
Superintendencia Bancaria, para lo cual se observarán las normas que regulan
tales procesos y asumir temporalmente la administración de instituciones
financieras, para lograr su recuperación económica.
FONDO DE GARANTÍAS DE LAS BOLSAS: Fondo cuyo objetivo consiste en
responder a los clientes de las sociedades comisionistas de bolsa por el
cumplimiento de las obligaciones de entrega y restitución de valores o
de dinero que las mismas hayan contraído en virtud de la celebración del
contrato de comisión
FONDO DE INVERSIÓN: Conjunto de recursos
administrados por una Sociedad de Inversión, que los aplica en una cartera de títulos diversificada,
distribuyendo los resultados a los participantes, proporcionalmente al número
de unidades poseídas.
FONDOS COMUNES: Fondo común es el conjunto
de los recursos obtenidos por una sociedad fiduciaria con ocasión de la celebración y ejecución de
negocios de fideicomiso de inversión, sobre los cuales el fiduciario
ejerce una administración colectiva. La administración de los fondos comunes
fiduciarios está asignada por la ley en forma exclusiva a las sociedades
fiduciarias, vigiladas por la Superintendencia bancaria. Los fondos comunes se integran con
dineros aportados por los inversionistas (constituyentes o adherentes),
con fundamento en la celebración de contratos de fiducia mercantil de inversión
o de encargo fiduciario de inversión. Los Fondos comunes pueden ser: Fondos comunes ordinarios:
cuando la destinación de los recursos y los parámetros e funcionamiento del
portafolio se hallan determinados por la ley. Fondos comunes especiales: cuando la destinación
de los recursos y los parámetros de funcionamiento del portafolio son
libremente determinados por los constituyentes o adherentes con la ayuda del
administrador.
FONDOS DE VALORES: Un fondo de valores es una cartera mobiliaria
constituida y administrada por una sociedad comisionista de bolsa,
protagonista por excelencia del mercado bursátil, cuyo objeto consiste en
estimular y desarrollar el mercado de valores, ofreciendo al público
alternativas de inversión. Los fondos de valores pueden invertir sus recursos en los mismos valores
autorizados a las sociedades comisionistas de bolsa.
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