Para
que ningún obispo, conferencia episcopal ni orden religiosa puedan, en
adelante, esconder basura debajo de la alfombra, el Papa Francisco ha abolido
el secreto pontifico sobre las investigaciones y procesos por abuso sexual de
menores de dieciocho años o adultos vulnerables.
La
confidencialidad se limitará solo a las leyes de protección de la privacidad en
cada país. Desaparece también el secreto pontificio respecto a este tipo
de delitos en la Congregación para la Doctrina de la Fe.
Según el arzobispo Charles Scicluna, fiscal especial
contra el abuso de menores en la Congregación para la Doctrina de la Fe, «es una decisión histórica».
La nueva Instrucción «Sobre la confidencialidad de las
causas» reitera la
obligación de cumplir «las obligaciones establecidas en cada lugar por la
legislación estatal, incluidas las eventuales obligaciones de denuncia,
así como dar curso a las resoluciones ejecutivas de las autoridades civiles».
Esto
significa, en la practica, que las diócesis y órdenes religiosas deben entregar
a la justicia todos los documentos que requieran fiscales y jueces.
Sencillamente, ya no hay
secreto pontificio en esas materias, ni respecto a las autoridades civiles ni respecto a las
víctimas, que
podrán conocer la situación de sus denuncias y las penas impuestas a los
culpables.
En el caso de documentos del Vaticano, los fiscales y tribunales pueden
solicitarlos mediante el tramite de rogatoria internacional entre estados.
Si esos documentos del Vaticano están en los archivos de las diócesis, el
obispo debe entregarlos directamente.
Naturalmente, la abolición del secreto pontificio no significa que las diócesis deban
hacer públicos los documentos, pues cada país tiene normas de protección de la privacidad.
En la misma línea, el Papa ha prohibido imponer «cualquier vínculo de
silencio» a las víctimas, los denunciantes o los testigos, como han hecho
centenares de diócesis e institutos religiosos, sobre todo a las víctimas que recibían
indemnizaciones.
También ha elevado hasta 18 años y ha incluido entre los «delitos de mayor
gravedad» la posesión de pornografía infantil, que antes se limitaba a los 14
años, así como su uso «por cualquier medio», pues han ido apareciendo
otros nuevos, de modo que no haya escapatoria legal alguna.
Las nuevas medidas, que entran en vigor hoy mismo,
proceden de sugerencias debatidas en la cumbre de presidentes de conferencias
episcopales de todo el mundo, celebrada el pasado mes de febrero.
Francisco
dictó normas que obligan a todos los sacerdotes y religiosos a denunciar los
abusos de menores de que tengan o lleguen a tener conocimiento a la oficina
especial contra el abuso de menores que debe haber en cada diócesis o familia
religiosa.
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