Ética
del Abogado, deontología jurídica, axiología del Derecho son tan solo algunos
nombres de las asignaturas que han tratado de abarcar el componente ético en la
preparación académica de los abogados en las universidades colombianas, con el
fin de asegurar el ejercicio digno de esta profesión y para brindar a la
sociedad juristas formados con perspectiva moral y principios inquebrantables.
El Código Disciplinario del Abogado y el Código
Disciplinario Único imponen, básicamente, a los abogados la obligación de
actuar con extrema honestidad en el desarrollo de sus actividades cotidianas,
pues como máximos defensores de la justicia y del ordenamiento jurídico son los
llamados a fortalecer la credibilidad que se ha depositado en esta profesión.
Los
10 mandamientos del abogado
1.
Estudia - El derecho se transforma constantemente. Si no sigues sus pasos,
serás cada día un poco menos abogado.
Abogados deben actualizarse, so pena de ser sancionados
por falta de preparación
Un abogado fue empoderado para instaurar una demanda
civil en la que omitió estimar razonadamente y bajo juramento el monto de la
indemnización que se reclamaba a la luz del Código de Procedimiento Civil. La
Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó la sanción
por dos meses a este profesional que faltó a la lealtad con su cliente al haber
recibido un encargo para el cual no estaba capacitado.
En efecto, este profesional no debió aceptar el encargo,
toda vez que se demostró que no estaba actualizado con la legislación civil. De
otra parte, el ejercicio inadecuado o irresponsable de la profesión pone en
riesgo la efectividad de diversos derechos fundamentales como la honra, la
intimidad, el buen nombre, petición, defensa y, especialmente, el acceso a la
administración de justicia.
2.
Piensa - El derecho se aprende estudiando, pero se ejerce pensando.
Funcionario judicial que interpreta la ley desbordando
criterios establecidos incurre en falta disciplinaria
En este caso se recordó que no puede atribuirse
responsabilidad disciplinaria a los funcionarios judiciales que al interpretar
la ley lo hacen acorde a las reglas que corresponden a condiciones normales del
campo interpretativo, como lo son los métodos que al respecto ha establecido el
legislador.
No obstante, cuando un juez se aparta de estas pautas y
amparado en la independencia y autonomía judicial llega hasta las vías de hecho
para proferir su propia decisión configura una violación a la ley. Como
resultado, no puede confundirse la discrecionalidad con la arbitrariedad, pues
la antijuridicidad de la segunda puede ocasionar sanciones disciplinarias. Ahí
es cuando se exige un verdadero estudio hermenéutico de las leyes que componen
el entramado judicial desde su casuística habitual.
3.
Trabaja - La abogacía es un arduo ejercicio puesto al servicio de la justicia.
Jueza fue destituida e inhabilitada por 10 años, por
demorarse en sustanciación e incumplir horario
Cuatro cargos fueron endilgados a una jueza civil en un
proceso que trajo como consecuencia su
destitución e inhabilidad general por una década. La Sala Disciplinaria aclaró
que no desconoce que la Rama Judicial presenta múltiples dificultades y en
varias ocasiones la falta de elementos o de personal idóneo impide el
cumplimiento de los términos de ley con la rigurosidad que se pretende, por lo
que estas circunstancias justifican la mora de manera razonable.
Caso contrario cuando la mora o el rebosamiento de los
términos procesales no son moderados y no se explican por razón de la falta de
elementos o de personal, sino por la negligencia y desdén del funcionario.
Acorde con lo anterior, en el caso de la operadora judicial, el retraso en
estas gestiones no era justificable, puesto que se generaron por la desidia y
la labor voluntaria indiligente de la sancionada.
4.
Lucha - Tu deber es luchar por el
derecho: pero el día que encuentres en conflicto el derecho con la justicia,
lucha por la justicia.
Análisis de ‘Principia iuris’ (Tomo II), obra de Luigi
Ferrajoli
Las prácticas modernas del Derecho obedecen al estricto
cumplimiento del imperio de la ley y los jueces deben abstenerse de ejecutar
cualquier acto que perturbe la prestación de la administración de justicia,
toda vez que estos funcionarios tienen la obligación de cumplir los mandatos
constitucionales y legales inherentes al cargo, so pena de ser
sancionados.
5.
Sé leal - Leal para con tu cliente, al que no debes abandonar hasta que
comprendas que es digno de ti. Leal para con el adversario, aun cuando
él sea desleal contigo. Leal para con el juez que ignora los hechos y debe
confiar en lo que tú dices; y que, en cuanto al Derecho, alguna que otra vez
debe confiar en el que tú le invocas.
Abogado fue excluido de la profesión por presentar
documentos falsos obtenidos por tramitadores
Se comprobó la responsabilidad de un abogado que utilizó
como elemento material probatorio documentos falsos obtenidos por un tramitador
para la consecución de una pensión. Es que dicha conducta configura una falta
contra la recta y leal realización de la justicia y fines del Estado
Aun cuando el abogado insistió en el desconocimiento de
la ilegalidad de los documentos, su cargo le imponía el deber de revisar si las
certificaciones obtenidas por un tramitador eran aplicables o no para poder dar
inicio a un trámite administrativo y judicial. La providencia resalta que la
defensa del profesional, basada en atribuir de manera exclusiva la falta al
tramitador, no alcanzaba a exonerar su responsabilidad.
6.
Tolera - Tolerar la verdad ajena en la misma medida en que quieres que sea
tolerada la tuya.
Abogado es sancionado por acusaciones temerarias y
despectivas en recurso de apelación
Se dejó en firme la suspensión a un togado por el término
de dos meses, por cuanto se demostró que este realizó expresiones injuriosas
contra el juez que conocía de su caso, atentando contra su honra, al aseverar
que con su actuar había beneficiado a la abogada de la contraparte.
Concretamente, el disciplinado presentó acusaciones
temerarias y despectivas contra el operador judicial que conocía del caso. Así,
la providencia sancionatoria enfatiza
que no podían aceptarse los argumentos del togado que predicaban no querer
perjudicar a ninguna persona; dichas frases debían ser analizadas en contexto y
lo único pretendido era la aplicación de una correcta justicia.
Se debe decir que si el abogado inculpado notaba una
actitud extraña del servidor judicial o de las actuaciones del juzgado debía denunciarlo
a las autoridades competentes y, además, recusarlo, por cuanto con esa
finalidad el legislador creó la figura, con el fin de hacer prevalecer la
imparcialidad dentro de cada proceso judicial.
7.
Ten paciencia - El tiempo se venga de las cosas que se hacen sin su
colaboración.
Presentación de múltiples recursos tendientes a dilatar
el curso de un proceso genera sanción
Un disciplinado interpuso 17 recursos con la única
finalidad de retardar en el tiempo una orden de remate de un inmueble. El juez
que conocía del caso reprochó la conducta del jurista al haber abusado de las
vías del Derecho y, de esta manera, dilatar el mismo al interponer diferentes
recursos, los cuales eran manifiestamente improcedentes.
La conducta desplegada por el letrado se exteriorizó a
través de diferentes actos parciales conectados entre sí por una relación de
dependencia, una acción final y un nexo de continuidad, reflejado en la
voluntad de dilatar. Por esto, queda claro que el ejercicio de esta profesión
se debe realizar en el tiempo justo que establece la normativa para cada
proceso, sin dilaciones pero tampoco con afanes.
8.
Ten fe - Ten fe en el Derecho, como el mejor instrumento para la convivencia
humana; en la justicia, como destino normal del Derecho; en la paz, como
sustitutivo bondadoso de la justicia; y sobre todo, ten fe en la libertad, sin
la cual no hay Derecho, ni justicia, ni paz.
Colombia clama por abogados formados con perspectiva
moral y ética
En este mandamiento que mejor recordar las palabras del
jurista y maestro Julio Andrés Sampedro Arrubla, las cuales se precisan en decir que hoy “la
responsabilidad ética de las facultades de Derecho es de la mayor exigencia: es
su deber preparar a sus estudiantes para que protejan y defiendan con justa
medida los derechos de las personas más necesitadas e indefensas, con
veracidad, transparencia y equidad; con el rechazo de la desigualdad, la
inequidad, la discriminación y toda práctica injusta en los procesos y
procedimientos jurídicos, llevando muy en alto el baluarte y el galardón de un
líder social que siempre busca hacer el bien”.
9.
Olvida - La abogacía es una lucha de pasiones. Si en cada batalla fuera
cargada tu alma de rencor, llegará un día en que la vida será imposible para
ti. Concluido el combate, olvidad tan pronto tu victoria como tu derrota.
Censuran a abogado que presentó escrito con injurias por
llamado de atención
El disciplinado tramitaba en un juzgado un proceso de
responsabilidad civil extracontractual y, ante un llamado de atención verbal
que le hiciera la juez del caso, el togado redactó y presentó un escrito en el
cual realizó una serie de imputaciones deshonrosas contra la titular del
despacho judicial.
Si bien un abogado no está obligado a guardar silencio
frente a los llamados de los funcionarios jurisdiccionales, es reprochable y
resulta antijurídico el empleo de frases injuriosas que irrespetan la
administración de justicia, representada por sus jueces. Pero también este tipo
de conductas contribuye al desprestigio de la profesión y al correcto
funcionamiento del ordenamiento jurídico
10. Ama a tu profesión - Trata de
considerar la abogacía de tal manera que el día en que tu hijo te pida consejo
sobre su destino consideres un honor para ti proponerle que se haga abogado.
Excluyen de la profesión a abogado por garantizar
resultado imposible de cumplir
Difícilmente se puede ser ejemplo de esta profesión
cuando se es excluido de su ejercicio. El Consejo Superior publicó este año una
de las sanciones más ejemplarizantes
para aquellos abogados que pretendan engañar a sus clientes.
Se excluyó de la profesión a un abogado y se le impuso
una multa de 50 salarios mínimos, ya que las pruebas testimoniales recolectadas
durante el proceso disciplinario mostraron que este actuó de mala fe
haciéndoles creer a sus clientes que iba a cumplir su plan de defensa judicial,
pese a que mucho antes de suscribir el respectivo poder con su defendido para
asumir la dirección del proceso era
conocedor de la imposibilidad de cumplir con lo prometido.
Los
quejosos comprobaron que el togado se comprometió en un lapso de tiempo a
obtener a toda costa un resultado favorable sobre el proceso que conducía, que
en ningún caso se cumplió, y, además, nunca les informó que existía otra
persona encargada de realizar los trámites necesarios.
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