¿CUÁLES SON LOS MANDAMIENTOS DEL ABOGADO?

 

Ética del Abogado, deontología jurídica, axiología del Derecho son tan solo algunos nombres de las asignaturas que han tratado de abarcar el componente ético en la preparación académica de los abogados en las universidades colombianas, con el fin de asegurar el ejercicio digno de esta profesión y para brindar a la sociedad juristas formados con perspectiva moral y principios inquebrantables.
 
El Código Disciplinario del Abogado y el Código Disciplinario Único imponen, básicamente, a los abogados la obligación de actuar con extrema honestidad en el desarrollo de sus actividades cotidianas, pues como máximos defensores de la justicia y del ordenamiento jurídico son los llamados a fortalecer la credibilidad que se ha depositado en esta profesión.
 
Los 10 mandamientos del abogado
 
1. Estudia - El derecho se transforma constantemente. Si no sigues sus pasos, serás cada día un poco menos abogado.
 
Abogados deben actualizarse, so pena de ser sancionados por falta de preparación
 
Un abogado fue empoderado para instaurar una demanda civil en la que omitió estimar razonadamente y bajo juramento el monto de la indemnización que se reclamaba a la luz del Código de Procedimiento Civil. La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó la sanción por dos meses a este profesional que faltó a la lealtad con su cliente al haber recibido un encargo para el cual no estaba capacitado.
 
En efecto, este profesional no debió aceptar el encargo, toda vez que se demostró que no estaba actualizado con la legislación civil. De otra parte, el ejercicio inadecuado o irresponsable de la profesión pone en riesgo la efectividad de diversos derechos fundamentales como la honra, la intimidad, el buen nombre, petición, defensa y, especialmente, el acceso a la administración de justicia.
 
2. Piensa - El derecho se aprende estudiando, pero se ejerce pensando.
 
Funcionario judicial que interpreta la ley desbordando criterios establecidos incurre en falta disciplinaria
 
En este caso se recordó que no puede atribuirse responsabilidad disciplinaria a los funcionarios judiciales que al interpretar la ley lo hacen acorde a las reglas que corresponden a condiciones normales del campo interpretativo, como lo son los métodos que al respecto ha establecido el legislador.
 
No obstante, cuando un juez se aparta de estas pautas y amparado en la independencia y autonomía judicial llega hasta las vías de hecho para proferir su propia decisión configura una violación a la ley. Como resultado, no puede confundirse la discrecionalidad con la arbitrariedad, pues la antijuridicidad de la segunda puede ocasionar sanciones disciplinarias. Ahí es cuando se exige un verdadero estudio hermenéutico de las leyes que componen el entramado judicial desde su casuística habitual.
 
3. Trabaja - La abogacía es un arduo ejercicio puesto al servicio de la justicia.
 
Jueza fue destituida e inhabilitada por 10 años, por demorarse en sustanciación e incumplir horario
 
Cuatro cargos fueron endilgados a una jueza civil en un proceso que trajo como consecuencia  su destitución e inhabilidad general por una década. La Sala Disciplinaria aclaró que no desconoce que la Rama Judicial presenta múltiples dificultades y en varias ocasiones la falta de elementos o de personal idóneo impide el cumplimiento de los términos de ley con la rigurosidad que se pretende, por lo que estas circunstancias justifican la mora de manera razonable.
 
Caso contrario cuando la mora o el rebosamiento de los términos procesales no son moderados y no se explican por razón de la falta de elementos o de personal, sino por la negligencia y desdén del funcionario. Acorde con lo anterior, en el caso de la operadora judicial, el retraso en estas gestiones no era justificable, puesto que se generaron por la desidia y la labor voluntaria indiligente de la sancionada.
 
4. Lucha  - Tu deber es luchar por el derecho: pero el día que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia.
 
Análisis de ‘Principia iuris’ (Tomo II), obra de Luigi Ferrajoli
 
Las prácticas modernas del Derecho obedecen al estricto cumplimiento del imperio de la ley y los jueces deben abstenerse de ejecutar cualquier acto que perturbe la prestación de la administración de justicia, toda vez que estos funcionarios tienen la obligación de cumplir los mandatos constitucionales y legales inherentes al cargo, so pena de ser sancionados.  
 
5. Sé leal - Leal para con tu cliente, al que no debes abandonar hasta que comprendas que es digno de ti. Leal para con el adversario, aun cuando él sea desleal contigo. Leal para con el juez que ignora los hechos y debe confiar en lo que tú dices; y que, en cuanto al Derecho, alguna que otra vez debe confiar en el que tú le invocas.
 
Abogado fue excluido de la profesión por presentar documentos falsos obtenidos por tramitadores
 
Se comprobó la responsabilidad de un abogado que utilizó como elemento material probatorio documentos falsos obtenidos por un tramitador para la consecución de una pensión. Es que dicha conducta configura una falta contra la recta y leal realización de la justicia y fines del Estado
 
Aun cuando el abogado insistió en el desconocimiento de la ilegalidad de los documentos, su cargo le imponía el deber de revisar si las certificaciones obtenidas por un tramitador eran aplicables o no para poder dar inicio a un trámite administrativo y judicial. La providencia resalta que la defensa del profesional, basada en atribuir de manera exclusiva la falta al tramitador, no alcanzaba a exonerar su responsabilidad.
 
6. Tolera - Tolerar la verdad ajena en la misma medida en que quieres que sea tolerada la tuya.
 
Abogado es sancionado por acusaciones temerarias y despectivas en recurso de apelación
 
Se dejó en firme la suspensión a un togado por el término de dos meses, por cuanto se demostró que este realizó expresiones injuriosas contra el juez que conocía de su caso, atentando contra su honra, al aseverar que con su actuar había beneficiado a la abogada de la contraparte. 
 
Concretamente, el disciplinado presentó acusaciones temerarias y despectivas contra el operador judicial que conocía del caso. Así, la providencia sancionatoria  enfatiza que no podían aceptarse los argumentos del togado que predicaban no querer perjudicar a ninguna persona; dichas frases debían ser analizadas en contexto y lo único pretendido era la aplicación de una correcta justicia.
 
Se debe decir que si el abogado inculpado notaba una actitud extraña del servidor judicial o de las actuaciones del juzgado debía denunciarlo a las autoridades competentes y, además, recusarlo, por cuanto con esa finalidad el legislador creó la figura, con el fin de hacer prevalecer la imparcialidad dentro de cada proceso judicial.
 
7. Ten paciencia - El tiempo se venga de las cosas que se hacen sin su colaboración.
 
Presentación de múltiples recursos tendientes a dilatar el curso de un proceso genera sanción
 
Un disciplinado interpuso 17 recursos con la única finalidad de retardar en el tiempo una orden de remate de un inmueble. El juez que conocía del caso reprochó la conducta del jurista al haber abusado de las vías del Derecho y, de esta manera, dilatar el mismo al interponer diferentes recursos, los cuales eran manifiestamente improcedentes.
 
La conducta desplegada por el letrado se exteriorizó a través de diferentes actos parciales conectados entre sí por una relación de dependencia, una acción final y un nexo de continuidad, reflejado en la voluntad de dilatar. Por esto, queda claro que el ejercicio de esta profesión se debe realizar en el tiempo justo que establece la normativa para cada proceso, sin dilaciones pero tampoco con afanes.
 
8. Ten fe - Ten fe en el Derecho, como el mejor instrumento para la convivencia humana; en la justicia, como destino normal del Derecho; en la paz, como sustitutivo bondadoso de la justicia; y sobre todo, ten fe en la libertad, sin la cual no hay Derecho, ni justicia, ni paz.
 
Colombia clama por abogados formados con perspectiva moral y ética
 
En este mandamiento que mejor recordar las palabras del jurista y maestro Julio Andrés Sampedro Arrubla,  las cuales se precisan en decir que hoy “la responsabilidad ética de las facultades de Derecho es de la mayor exigencia: es su deber preparar a sus estudiantes para que protejan y defiendan con justa medida los derechos de las personas más necesitadas e indefensas, con veracidad, transparencia y equidad; con el rechazo de la desigualdad, la inequidad, la discriminación y toda práctica injusta en los procesos y procedimientos jurídicos, llevando muy en alto el baluarte y el galardón de un líder social que siempre busca hacer el bien”.
 
9. Olvida - La abogacía es una lucha de pasiones. Si en cada batalla fuera cargada tu alma de rencor, llegará un día en que la vida será imposible para ti. Concluido el combate, olvidad tan pronto tu victoria como tu derrota.
 
Censuran a abogado que presentó escrito con injurias por llamado de atención
 
El disciplinado tramitaba en un juzgado un proceso de responsabilidad civil extracontractual y, ante un llamado de atención verbal que le hiciera la juez del caso, el togado redactó y presentó un escrito en el cual realizó una serie de imputaciones deshonrosas contra la titular del despacho judicial.
 
Si bien un abogado no está obligado a guardar silencio frente a los llamados de los funcionarios jurisdiccionales, es reprochable y resulta antijurídico el empleo de frases injuriosas que irrespetan la administración de justicia, representada por sus jueces. Pero también este tipo de conductas contribuye al desprestigio de la profesión y al correcto funcionamiento del ordenamiento jurídico
 
10.  Ama a tu profesión - Trata de considerar la abogacía de tal manera que el día en que tu hijo te pida consejo sobre su destino consideres un honor para ti proponerle que se haga abogado.
 
Excluyen de la profesión a abogado por garantizar resultado imposible de cumplir
 
Difícilmente se puede ser ejemplo de esta profesión cuando se es excluido de su ejercicio. El Consejo Superior publicó este año una de las sanciones más ejemplarizantes  para aquellos abogados que pretendan engañar a sus clientes.
 
Se excluyó de la profesión a un abogado y se le impuso una multa de 50 salarios mínimos, ya que las pruebas testimoniales recolectadas durante el proceso disciplinario mostraron que este actuó de mala fe haciéndoles creer a sus clientes que iba a cumplir su plan de defensa judicial, pese a que mucho antes de suscribir el respectivo poder con su defendido para asumir la dirección del proceso era  conocedor de la imposibilidad de cumplir con lo prometido.
 
Los quejosos comprobaron que el togado se comprometió en un lapso de tiempo a obtener a toda costa un resultado favorable sobre el proceso que conducía, que en ningún caso se cumplió, y, además, nunca les informó que existía otra persona encargada de realizar los trámites necesarios.


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