El
Comité de Basilea es la denominación usual con la que se conoce al Comité de
Supervisión Bancaria de Basilea (BCBS, sigla de Basel Committee on Banking
Supervision en inglés), la organización mundial que reúne a las autoridades de
supervisión bancaria, cuya función es fortalecer la solidez de los sistemas
financieros.
Entre las normas de importancia que el Comité ha emitido,
se encuentran las
recomendaciones sobre blanqueo de capitales.
El Comité fue establecido en 1975 por los presidentes de
los bancos centrales de los once países miembros del Grupo de los Diez (G-10)
en aquel momento. Normalmente
se reúne en el Banco de Pagos Internacionales (en inglés BIS, BPI en
Español), Basilea, Suiza,
donde se encuentra su Secretaría permanente, de 12 miembros.
A sus reuniones plenarias, que se celebran cuatro veces
al año, asisten también representantes de la autoridad nacional supervisora cuando esta función no
recae en el banco central respectivo. El Comité se refiere a menudo como
el Comité del BPI, debido a su lugar de reunión. Sin embargo, el BPI y el
Comité de Basilea siguen siendo dos entidades distintas.
El
Comité de Basilea está constituido actualmente por representantes de las
autoridades de supervisión bancaria de los bancos centrales de Bélgica, Canadá,
Francia, Alemania, Italia, Japón, Países Bajos, Suecia, Suiza, Reino Unido y
Estados Unidos, y dos países más que no son miembros del G-10,
Luxemburgo y España. El Banco de España es miembro de pleno derecho desde 2001
Desde
su surgimiento, el Comité se constituyó en un foro de discusión para fomentar
la mejora y la convergencia de las prácticas y normativas de supervisión
bancaria, buscando perfeccionar las herramientas de fiscalización internacional,
a través de acercamientos y de estándares comunes. Dieter Kerwer reporta que "the BCBS is not
a classical multilateral organization. It has no founding treaty, and it does
not issue binding regulation. Rather, its main function is to act as an
informal forum to find policy solutions and to promulgate standards." (pp
619)3 Traducción: "El
BCBS no es una organización multilateral clásica. No tiene tratado fundacional,
y no promulga regulación (normativa). Más bien, su función principal es actuar
como un foro internacional para encontrar soluciones de política y promulgar
estándares."
El
comité formula las normas generales de supervisión y directrices y recomienda
las declaraciones de buenas prácticas en la supervisión bancaria con la esperanza de que las
autoridades miembro y las autoridades de países no miembros tomarán medidas
para ponerlas en práctica a través de sus propios sistemas nacionales,
ya sea en forma legal o de otra manera. Efectivamente, a pesar de no tener
autoridad para hacer cumplir sus recomendaciones, la mayoría de los países,
miembros o no, tienden a implementar las políticas dictadas por el Comité.
En 1988, el Comité aprobó el denominado Acuerdo de Capital de Basilea
(Basilea I), que introducía unas exigencias mínimas de recursos propios del 8%
en función de los riesgos asumidos, principalmente de crédito. Este Acuerdo fue
adoptado no sólo por los países integrantes del Comité, sino por prácticamente
todos aquellos que tienen un sector bancario activo internacionalmente.
El presente Director del comité es Nout Wellink,
Presidente del Banco de los Países Bajos, que sucedió en el cargo a Jaime
Caruana, del Banco de España el 1 de julio de 2006.
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