Con
el nombre de Basilea I se conoce al acuerdo publicado en 1988, en Basilea,
Suiza, por el Comité de Basilea, compuesto por los gobernadores de los bancos
centrales de Alemania, Bélgica, Canadá, España, EE. UU., Francia, Italia,
Japón, Luxemburgo, Holanda, el Reino Unido, Suecia y Suiza. Se trataba de un
conjunto de recomendaciones para establecer un capital mínimo que debía tener
una entidad bancaria en función de los riesgos que afrontaba.
El acuerdo establecía una definición de «capital
regulatorio» compuesto por elementos que se agrupan en 2 categorías (o «tiers»)
si cumplen ciertos
requisitos de permanencia, de capacidad de absorción de pérdidas y de protección ante quiebra. Este capital
debe ser suficiente para hacer frente a los riesgos de crédito, mercado y tipo
de cambio.
Cada uno de estos riesgos se medía con unos criterios
aproximados y sencillos. El
principal riesgo era el riesgo de crédito, y se calculaba agrupando las
exposiciones de riesgo en 5 categorías según la contraparte y asignándole una
«ponderación» diferente a cada categoría (0%, 10%, 20%, 50%, 100%), la suma de
los riesgos ponderados formaba los activos de riesgo.
El acuerdo establecía que el
capital mínimo de la entidad bancaria debía ser el 8% del total de los activos
de riesgo (crédito, mercado y tipo de cambio sumados).
Este acuerdo era una recomendación: cada uno de los países
signatarios, así como cualquier otro país, quedaba libre de incorporarlo en su
ordenamiento regulatorio con las modificaciones que considerase oportunas.
El primer acuerdo de capital de Basilea ha jugado un
papel muy importante en el fortalecimiento de los sistemas bancarios. La
repercusión de ese acuerdo, en cuanto al grado de homogeneización alcanzado en
la regulación de los requerimientos de solvencia ha sido extraordinaria. Entró en vigor en más de 130
países.
Dado
que el acuerdo contenía ciertas limitaciones en su definición, en junio de 2004
fue sustituido por el llamado acuerdo Basilea II.
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